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Decreto N°44

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Decreto N°44

El Decreto 44 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, con entrada en vigencia el 01 de febrero de 2025, establece un nuevo reglamento para la gestión preventiva de riesgos laborales.

Deroga los decretos N° 40 sobre el “Reglamento de Prevención de Riesgos Profesionales” y N° 54 de 1969 sobre el “Reglamento para la constitución y funcionamiento de los comités paritarios de higiene y seguridad” para ofrecer una normativa de prevención de riesgos actualizada, sistemática y armoniosa.

Además, este decreto se alinea con los convenios internacionales suscritos por nuestro país, en la búsqueda de proteger la vida y salud de las personas trabajadoras mediante la gestión preventiva, incluyendo los principios de la prevención de riesgos desde el diseño del trabajo, el enfoque de género, la participación activa de todos quienes participan en la organización, y la mejora continua para garantizar un entorno de trabajo seguro y saludable, además de establecer roles y responsabilidades claras para: Las entidades empleadoras, las personas trabajadoras, los organismos administradores y autoridades fiscalizadoras.

Capsulas:

Decreto N°44: Nuevo Reglamento sobre Gestión Preventiva de los Riesgos Laborales para un entorno de Trabajo Seguro y Saludable.


Decreto N°44: Nuevo Reglamento sobre Gestión Preventiva de los Riesgos Laborales para un entorno de Trabajo Seguro y Saludable. - 20/11

Presentación Decreto N°44

Diagrama Decreto N° 44 Reglamento
FAP Comités Paritarios de Higiene y Seguridad
FAP Departamento de Prevención DTO 44
FAP Mapas de Riesgo
FAP Matriz IPER
FAP Programa de Trabajo en Prevención de Riesgos
FAP Sistemas de Gestión
Infografía Delegado de Seguridad y Salud Laboral
Infografía Encargado de Prevención de Riesgos Laborales
Infografía Participación y Consulta
Informativo Decreto N44
Presentación Decreto 44
Formato Acta Elección Delegado de Seguridad y Salud en el Trabajo