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Accidente de Trabajo y Trayecto
La Ley N° 16.744 establece que un accidente de trabajo es toda lesión que sufre un trabajador a causa o con ocasión del trabajo, que resulte en incapacidad o muerte. Un accidente de trayecto, en cambio, se refiere a aquellos que ocurren en el trayecto directo entre la residencia y el lugar de trabajo.
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Accidente de Trabajo
Un accidente de trabajo se caracteriza por:
- Una lesión sufrida a causa o con ocasión del trabajo.
- La relación causal entre el trabajo y la lesión.
- La resultante incapacidad o muerte del trabajador
Procedimiento de Calificación de Accidentes del Trabajo
1. Evaluación Inicial:
Analiza la situación, define el tipo de accidente e informa a la jefatura directa o al supervisor a cargo.
Procedimiento de Calificación de Accidentes del Trabajo
2. Traslado del Afectado:
Si es necesario, solicita traslado al número de Rescate 1407 si tu empleador no puede efectuarlo.
Procedimiento de Calificación de Accidentes del Trabajo
3. Denuncia:
La empresa debe emitir la Denuncia Individual de Accidente del Trabajo (DIAT) dentro de las 24 horas siguientes al accidente.
Procedimiento de Calificación de Accidentes del Trabajo
4. Generación de DIAT:
Se recomienda hacer la DIAT electrónicamente ingresando a la Sucursal Virtual Sucursal Virtual con tu RUT y clave, opción Generar DIAT o DIEP , o también puedes Descarga formulario aquí y completar los datos manualmente.
Procedimiento de Calificación de Accidentes del Trabajo
5. Atención Médica:
Concurre al Centro de Salud con tu cédula de identidad si la DIAT no fue enviada a tiempo.
Procedimiento de Calificación de Accidentes del Trabajo
6. Seguimiento:
Para consultar el estado del trabajador, llama al 600 2000 555 opción 2 y luego opción 5, o visita nuestro Twitter @Mutual_ayuda.
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Accidente de Trayecto
Son aquellos accidentes que ocurren en el trayecto directo de ida o regreso entre la residencia y el lugar de trabajo.
Cuando el accidente ocurre entre dos lugares de trabajo, se considera que el siniestro está relacionado con el trabajo al que se dirigía el trabajador.
Procedimiento en Caso de Accidente de Trayecto
1. Notificación:
Informa a tu jefatura directa o supervisor inmediatamente después del accidente.
Procedimiento en Caso de Accidente de Trayecto
2. Atención Médica:
Concurre al centro asistencial de Mutual de Seguridad más cercano.
Procedimiento en Caso de Accidente de Trayecto
3. Urgencias:
Si el accidente es grave, busca atención de urgencia en el centro asistencial más cercano.
Procedimiento en Caso de Accidente de Trayecto
4. Denuncia:
La empresa debe emitir la Denuncia Individual de Accidente del Trabajo (DIAT) dentro de las 24 horas.
Procedimiento en Caso de Accidente de Trayecto
5. Generación de DIAT:
Se recomienda hacer la DIAT electrónicamente ingresando a la Sucursal Virtual Sucursal Virtual con tu RUT y clave, opción Generar DIAT o DIEP , o también puedes Descarga formulario aquí y completar los datos manualmente.
Procedimiento en Caso de Accidente de Trayecto
6. Informe a Carabineros:
Realiza la denuncia correspondiente ante Carabineros para obtener el parte policial respectivo.
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Accidente Leve
Son aquellos accidentes en que no está en riesgo la vida del trabajador. Cuando el accidente se produce en el trayecto directo entre dos lugares de trabajo, se considera que el siniestro está relacionado con el trabajo al que se dirigía el trabajador.
Procedimiento en Caso de Accidente Leve
1. Notificación:
Informa a tu jefatura directa o al supervisor de cargo inmediatamente ocurrido el accidente.
Procedimiento en Caso de Accidente Leve
2. Atención Médica:
Concurre al centro asistencial de Mutual de Seguridad más cercano. (Ver red asistencial).
Procedimiento en Caso de Accidente Leve
3. Urgencias:
Procura atención de urgencia en el centro asistencia más cercano si el accidente es grave.
Procedimiento en Caso de Accidente Leve
4. Denuncia:
Ocurrido el accidente, la empresa cuenta con 24 horas para emitir la Denuncia Individual de Accidente del Trabajo (DIAT).
Procedimiento en Caso de Accidente Leve
5. Generación de DIAT:
Se recomienda hacer la DIAT electrónicamente ingresando a la Sucursal Virtual Sucursal Virtual con tu RUT y clave, opción Generar DIAT o DIEP , o también puedes Descarga formulario aquí y completar los datos manualmente.
Procedimiento en Caso de Accidente Leve
6. Notificación:
Realiza la denuncia correspondiente ante Carabineros para la obtención del parte policial respectivo.
Procedimiento en Caso de Accidente Leve
7. Rescate:
Solicitar -por parte del empleador- el servicio de rescate al 1407 si producto del accidente el trabajador pierde la conciencia.
Llamar a Carabineros al 133 ante el desconocimiento de los antecedentes del trabajador accidentado
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Accidente Grave
En caso de accidentes graves, donde la vida del trabajador esté en riesgo, el procedimiento es el siguiente:
1. Restringir Área:
Detener la maquinaria y suspender la faena involucrada inmediatamente.
Procedimiento en Caso de Accidente Grave
2. Informar Autoridades:
Notificar de inmediato al Seremi e Inspección del Trabajo al número 600 420 0022.
Procedimiento en Caso de Accidente Grave
3. Traslado:
Llamar al número de Rescate 1407 para el traslado del paciente.
Procedimiento en Caso de Accidente Grave
4. Acceso Restringido:
Limitar el acceso al lugar del accidente solo al personal autorizado y capacitado.
Procedimiento en Caso de Accidente Grave
5. Denuncia:
Emitir la Denuncia Individual de Accidente del Trabajo (DIAT) dentro de las 24 horas.
Procedimiento en Caso de Accidente Grave
6. Generación de DIAT:
Se recomienda hacer la DIAT electrónicamente ingresando a la Sucursal Virtual Sucursal Virtual con tu RUT y clave, opción Generar DIAT o DIEP , o también puedes Descarga formulario aquí y completar los datos manualmente.
Procedimiento en Caso de Accidente Grave
7. Notificación:
En caso de accidente grave, este debe ser informado a la SEREMI e Inspección del Trabajo.
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Accidente Fatal
Un accidente fatal es aquel que causa la muerte del trabajador de manera inmediata o como consecuencia directa del accidente.
Procedimiento en Caso de Accidente Fatal
1. Restringir Área:
Detener la maquinaria y suspender la faena involucrada de inmediato.
Procedimiento en Caso de Accidente Fatal
2. Evacuación:
Evacuar a los trabajadores de la faena involucrada.
Procedimiento en Caso de Accidente Fatal
3. Informar Autoridades:
Notificar de inmediato a Carabineros llamando al 133, y al Seremi e Inspección del Trabajo al número 600 420 022.
Procedimiento en Caso de Accidente Fatal
4. Acceso Restringido:
Limitar el acceso al lugar del accidente solo al personal autorizado.
Procedimiento en Caso de Accidente Fatal
5. Esperar Autorización:
Esperar autorización del Servicio Médico Legal para mover o levantar el cuerpo de la víctima.