VIOLENCIA LABORAL
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¿Qué es la Ley Karin y cuáles son los desafíos para las empresas e instituciones?

En el año 2023 nuestro país realizó un gran paso en el ámbito laboral al ratificar el Convenio nº 190 de la OIT (C190), primer tratado internacional que reconoce el derecho de toda persona a un mundo laboral libre de violencia y acoso, incluidos la violencia y el acoso por razón de género.

En paralelo, en 2024 el Ministerio del Trabajo y Previsión Social aprobó la nueva Política Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo para 2024-2028, documento que redefine y fortalece los aspectos fundamentales que rigen la protección de los trabajadores y trabajadoras en Chile, y que concuerda con los principios abordados por la OIT en el Convenio N°190.


En ese contexto, el 15 de enero de 2024, se publicó la Ley N°21.643, también conocida como la Ley Karin y que entra en vigencia el 1° de agosto de 2024. Esta ley responde a la necesidad de proteger a los trabajadores del acoso laboral, sexual y la violencia en el trabajo.


¿Qué cambia con la Ley Karin?


Esta Ley modifica el Código del Trabajo, y obliga a las entidades empleadoras, ya sea empresas o instituciones a:


  • • Elaborar, poner en conocimiento e implementar el protocolo de prevención del acoso sexual, laboral, y violencia en el trabajo.
  • • Incorporar el protocolo de prevención del acoso sexual, laboral y violencia en el trabajo, así como el procedimiento de investigación y sanción, en el Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad (Art. 154 N° 12 del Código del Trabajo).
  • • Informar a las personas trabajadoras los canales de denuncia de los incumplimientos de la prevención, investigación y sanción del acoso sexual, laboral y la violencia en el trabajo, como de las instancias estatales para denunciar cualquier incumplimiento a la normativa laboral y para acceder a las prestaciones de seguridad social.
  • Además, proporcionar a la persona afectada Atención Psicológica Temprana, a través de los programas que dispone el respectivo organismo administrador del Seguro Social de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales.

¿Qué debemos considerar con la Ley Karin?


Para entender mejor qué aspectos abordará la Ley y cómo debes relacionarte en tu trabajo, realizamos estos videos explicativos.


RESPETA LOS ESPACIOS PERSONALES
INCLUYE A TODAS LAS PERSONAS
ACEPTA LAS DIFERENCIAS
COMUNÍCATE CON RESPETO
Conoce la normativa
Publicación Diario Oficial - Aprueba reglamento que establece las directrices a las cuales deberán ajustarse los procedimientos de investigación de acoso sexual, laboral o de violencia en el trabajo. 03/07/2024
Decreto 21 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social que aprueba el reglamento que establece las directrices a las cuales deberán ajustarse los procedimientos de investigación de acoso sexual, laboral o de violencia en el trabajo.
Decreto 122/2023 del Ministerio de Relaciones Exteriores, Promulga el Convenio 190 sobre la violencia y el acoso de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).
Decreto 2/2024 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, Aprueba texto de la Política Nacional de Seguridad y Salud en el trabajo para el periodo 2024-2028.
Ley 21.643 (DO 15.01.2024)
Circular SUSESO 3.813 Asistencia técnica Ley 21.643
Dictamen SUSESO sobre Denuncia Individual de Accidente del Trabajo y Enfermedad Profesional en el marco del programa de atención temprana en caso de acoso y violencia en el trabajo.
Circular SUSESO 3.819 Asistencia técnica Ley 21.643
31/07/2024 Diario Oficial: modifica el Código del Trabajo y otros cuerpos legales, en materia de prevención, investigación y sanción del acoso laboral, sexual o de violencia en el trabajo. 
Definiciones
Te apoyamos para dar cumplimiento a la Ley Karin

En Mutual de Seguridad, queremos acompañar a todas y todos los trabajadores y funcionarios de nuestras empresas e instituciones adherentes, para generar entornos laborales libres de violencia y acoso. Por eso, ponemos a disposición nuestra asistencia técnica y todo el material de apoyo para la implementación de las normativas asociadas al acoso laboral, sexual y la violencia en el trabajo.

¿En qué consiste nuestra Asistencia Técnica?

Gestionamos el Riesgo y la Prevención del Acoso Laboral, Sexual y Violencia en el Trabajo de forma integral.

Asistencia Técnica

Accede al formato de nuestro Protocolo y Matriz MIPER, que te ayudaran a fortalecer entornos laborales seguros y libres de violencia y acoso en el trabajo.

Formato Protocolo de Prevención del Acoso Laboral, Sexual y Violencia en el Trabajo.
Formato tipo procedimiento de investigación de acoso sexual, laboral y violencia en el trabajo para empresas con menos de 10 trabajadores.
Formato tipo “Anexo RIOHS – Ley Karin”
Formato Matriz de Identificación de Peligros y Evaluación de Riesgos (MIPER) de Factores de Riesgos Psicosociales Laborales. Ejemplo especialmente dirigido a Pymes.
Anexo 54 CIRCULAR 3813 - Formulario Evaluación de medidas preventivas - para empresas menos 10 trabajadores.
Anexo 55 CIRCULAR 3819 - Protocolo de Prevención del Acoso Sexual, Laboral y Violencia en el trabajo para Personas Trabajadoras de Casa Particular.

Disponemos de Fichas de apoyo preventivo para ayudarte EN LA DIFUSIÓN Y elaborar una Política sobre violencia y acoso.

Elementos a considerar para la elaboración de una política sobre violencia y acoso laboral
Elementos clave para actuar frente a Violencia Laboral
Díptico Ley 21.643 principios básicos
Diptico Ley 21.643 y Procedimiento ante denuncia
Fichas de Apoyo Preventivo (FAP)
FAP Efectos de la Violencia en el trabajo
FAP Violencia y Género
FAP Violencia y Acoso laboral
FAP Etapas para la Prevención de la Violencia en el trabajo
FAP Factores de Riesgo y Medidas Preventivas frente al Acoso y Violencia en el trabajo
FAP Acoso Sexual
FAP Acoso Laboral
¿Qué no es acoso, violencia, incivismo ni sexismo?
FAP Matriz Ley 21.643
Flujo IPER Ley Karin
Afiches
Afiche Ley N° 21.643 MINTRAB
Afiche Acoso Sexual
Afiche Acoso Laboral
Afiche Violencia en el trabajo ejercidas por terceros ajenos a la relación laboral
Afiche STOP a las conductas incívicas
Afiche STOP a las conductas sexistas
Atención Psicológica Temprana
por Ley 21.643 o Ley Karin
¿En qué consiste?

Es un programa que busca otorgar la atención de primeros auxilios psicológicos para aquellas personas trabajadoras o funcionarias que realizaron una denuncia a su empleador por ley Karin y que se vieron afectadas por estos eventos (Acoso laboral, acoso sexual, violencia en el lugar de trabajo).

¿En qué consiste la Atención Psicológica Temprana?

Corresponde a un apoyo psicológico, como medida de intervención precoz o de primera respuesta, mediante una única atención de primeros auxilios psicológicos, la cual tiene por propósito contener y evaluar el impacto emocional y cognitivo de un incidente laboral, cuya consecuencia es de carácter psíquico.

¿Cuándo se solicita?

Cuando un trabajador realiza una denuncia por Ley 21.643 o Ley Karin a su empleador por los canales definidos de acuerdo con la normativa.

¿Quién debe solicitarlo?

La o las personas definidas por el empleador como canal formal de recepción de la denuncia e investigación de acuerdo con lo establecido en normativa Circular 3813 SUSESO sobre ley 21.643 “Ley Karin”.

¿Quién debe prestar el servicio de Atención Psicológica Temprana?

Al organismo administrador donde es adherente la empresa o institución.

¿Cómo se activa si es adherente a Mutual?

Llamando al número 600 2000 555 opción 1 (contacto Empresas), luego opción 0 (atención psicológica temprana).

¿Qué información mínima debo tener para realizar la activación de la APT?

Datos Trabajador

  • Nombre del Trabajador
  • Apellido Paterno
  • Apellido Materno
  • Documento de Identificación
  • RUT o n° identificación
  • Fecha de nacimiento
  • Edad
  • Sexo
  • Teléfono
  • Dirección Correo


Datos Evento

  • Fecha del Accidente
  • Hora del Accidente
  • Tipo de Accidente
  • Dirección Accidente
  • Región
  • Comuna
  • Breve descripción del accidente


Datos Empresa

  • Nombre o Razón Social
  • RUT Empresa


Datos Solicitante

  • Nombre Solicitante
  • Apellido Paterno
  • Apellido Materno
  • Documento de Identificación
  • RUT o n° identificación
  • Teléfono
  • Correo
  • Cargo

¿Qué debo hacer si la persona trabajadora presenta lesión física o fue víctima de agresión sexual o de secuestro en el lugar de trabajo?

En cualquiera de las situaciones anteriores debe ser derivada a urgencias del centro Mutual más cercano.

¿En cuánto tiempo, después de la solicitud del empleador de la Atención Psicológica Temprana, Mutual toma contacto con la persona trabajadora?

Mutual tomará contacto con la persona trabajadora para agendar su atención con Psicólogo/a dentro de las 48 horas siguientes. Esta atención se realizará a través de teleconsulta.

¿Es obligatorio generar DIAT o DIEP para otorgar el programa de atención psicológica temprana por Mutual?

Para otorgar la APT los empleadores deben emitir la denuncia individual de accidentes del trabajo (DIAT) o la denuncia individual de enfermedad profesional (DIEP). Sólo en casos excepcionales en que la persona trabajadora solicite la APT sin la denuncia emitida por el empleador, los organismos administradores podrán generar la respectiva DIAT o DIEP.

Formación y Sensibilización

Herramientas para crear una cultura laboral libre de acoso y violencia.


Disponemos de una oferta especializada de cursos de  capacitaciones en diferentes modalidades:


1. Curso de capacitación streaming y presencial: “Normativa, Contexto y Abordaje de la Violencia y el Acoso Laboral.”


2. Curso de capacitación e-learning: “Ley Karin – Prevención, investigación y sanción del acoso laboral, sexual y violencia en el trabajo.”


3. Curso de capacitación e-learning: “Ley Karin: Difusión y sensibilización – Trabajadores.”


  • (*) Cursos Streaming: Ver fechas de cursos en el calendario de cursos abiertos en la Sucursal Virtual, o solicitar una Capacitación cerrada en su empresa a su Experto Asesor Mutual.
  • (**) Cursos Presenciales: Solicitar el Curso a su Experto Asesor Mutual, para realizarlo cerrado en su empresa.
  • (***) Cursos e-learning: Son asincrónico y pueden ser inscritos por la empresa en la Sucursal Virtual, eligiendo la opción Inscripción Cursos en Línea.

Cápsula de micro-aprendizaje orientadas a entregar información general respecto del acoso y la violencia laboral, conceptos centrales y recomendaciones generales para sensibilizar e informar respecto de esta temática:

PREVENCIÓN DE LA DISCRIMINACIÓN LABORAL
ACOSO SEXUAL EN EL TRABAJO
PREVENCIÓN DE LA VIOLENCIA Y EL ACOSO LABORAL
LEY KARIN 21.643 EN EL CONTEXTO PREVENTIVO
LEY 21.643 (LEY KARIN) ANEXO 54
Material de difusión Ley Karin
WEBINAR LEY N°21.643 (LEY KARIN): ASISTENCIA TÉCNICA EN MATERIA DE PREVENCIÓN Y ATENCIÓN PSICOLÓGICA
WEBINAR “LEY 21.643 (LEY KARIN) CÓMO MUTUAL DE SEGURIDAD AYUDA A LAS PYMES EN LA ELABORACIÓN E IMPLEMENTACIÓN DEL PROTOCOLO DE PREVENCIÓN DE ACOSO SEXUAL, LABORAL Y VIOLENCIA EN EL TRABAJO” - 23.07.2024
WEBINAR “LEY KARIN” ELABORACIÓN E IMPLEMENTACIÓN DEL PROTOCOLO DE PREVENCIÓN DE ACOSO SEXUAL, LABORAL Y VIOLENCIA EN EL TRABAJO” - 18.07.2024
WEBINAR “CÓMO ABORDAR LA LEY KARIN EN EL CONTEXTO LABORAL CON FOCO EN PYMES” - 25.06.2024
WEBINAR: CONVENIO 190 DE LA OIT Y LEY KARIN “¿CÓMO ABORDAR SU APLICACIÓN EN EL MUNDO LABORAL?” - 06.06.2024
WEBINAR LEY N°21 643 ALCANCES DE LA “LEY KARIN” EN INSTITUCIONES PÚBLICAS - 03.06.2024
WEBINAR LEY N°21.643 ALCANCES DE LA “LEY KARIN” - 17.05.2024
WEBINAR LEY N°21.643 ALCANCES DE LA “LEY KARIN” - 10.05.2024

Conversatorio EmolTV Ley Karin: Cómo abordar la prevención del acoso sexual, laboral y violencia en el trabajo


Te invitamos revivir y ver el conversatorio sobre la Ley Karin que organizamos junto a EmolTV y que contó con la participación de la Superintendenta de Seguridad Social, Pamela Gana; el gerente Legal de la CPC, Pablo Bobic; y nuestro Gerente de Seguridad y Salud en el Trabajo, Héctor Jaramillo.


Además, cuenta con nuestros Modelos y Programas:
MODELO BIENESTAR MENTAL LABORAL
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CAMPAÑA UNIDOS
ENFOCADAS A SENSIBILIZAR Y PREVENIR LA VIOLENCIA/ACOSO EN LOS LUGARES DE TRABAJO.
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PROTOCOLO DE VIGILANCIA DE RIESGOS PSICOSOCIALES EN EL TRABAJO
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PROTOCOLO DE VIGILANCIA DE RIESGOS PSICOSOCIALES EN EL TRABAJO
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