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Preguntas Frecuentes

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Adhesión

En esta sección encontrarás las preguntas frecuentes de adhesión.

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¿A través de que canal puedo adherirme a Mutual de Seguridad?

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Lo puedes hacer en línea en el siguiente Enlace

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¿Qué documentación requiero como empresa para adherirme a Mutual de Seguridad?

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  • Solicitud de adhesión firmada por representante legal de la empresa y al dorso detallar actividad que realiza la empresa (art. 4 DS 101).
  • Carta Renuncia timbrada por el antiguo organismo administrador (en caso de que su origen sea IST o ACHS).
  • Última nomina cotizada en antigua mutualidad o nomina firmada y timbrada por el representante legal con nombre, Rut y renta imponible de los trabajadores.
  • Iniciación de actividad (S.I.I).
  • Copia de cedula de identidad del representante legal por ambos lados.
  • Escritura o extracto de la misma con actualización de representante legal.
  • Resolución de tasa DS67 en caso de haber sido evaluada.
  • Acreditación de la consulta efectuada a las respectivas Asociaciones de Funcionarios y la aprobación del Ministerio respectivo, tratándose de entidades empleadoras del sector público.

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Si mi empresa es nueva o no presenta cotizaciones, ¿qué antecedentes debo proporcionar en la adhesión?

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  • Solicitud de adhesión firmada por representante legal de la empresa, detallando al dorso la actividad que realiza la empresa (art. 4 DS 101).
  • Presentar declaración jurada ante Notario por parte del representante legal informando la actividad principal que desarrolla la empresa (art. 4 DS 101). Se adjunta formato.
  • Iniciación de actividad según S.I.I.
  • Copia de cedula de identidad del representante legal por ambos lados.
  • Escritura o extracto de la misma con actualización de representante legal.

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¿Cuándo se hará efectiva mi adhesión?

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Una vez aprobada la solicitud por el Directorio de Mutual de Seguridad, esta surtirá efecto a partir del día primero del mes siguiente del cual se hace efectiva la renuncia a anterior mutualidad. Para el caso de empresas que no provengan de otra mutualidad, la adhesión surtirá efecto a contar del día primero del mes siguiente a la aprobación por parte del Directorio de Mutual de Seguridad.

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¿Qué obligaciones tengo como empresa al momento de adherirme a Mutual de Seguridad?

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  • La obligación de comunicar, dentro del mes en que se haya producido, cualquier modificación de los datos y antecedentes señalados.
  • La obligación de efectuar la declaración y pago de las cotizaciones previsionales en las planillas nominadas según el formato instruido por la SUSESO.

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¿Qué pasa si mi empresa se ha mantenido sin movimiento durante varios periodos?

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Se debe adjuntar la última resolución de DS67 en caso de haber sido evaluada, además de declaración jurada simple detallando los periodos en los cuales no tuvo movimiento (se adjunta modelo de carta).

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